Bioreuma

Asociación de usuarios de Bioreuma

ATENCIÓN: 

 
USUARIOS PERMANENTES DE LA IPS BIOREUMA S.A.S. 
 
¡LOS INVITAMOS A PERTENECER A LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS! 
 

ZORAYDA OLIVARES 

Presidente de la asociación

 
Si se encuentra interesado en pertenecer a esta asociación, por favor comuníquese a los teléfonos de contacto de la IPS y solicite allí la información.

 

ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE BIOREUMA SAS

CAPÍTULO PRIMERO: CREAR UNA ASOCIACIÓN

ARTÍCULO 1.-

Se constituye una Asociación de derecho privado sin ánimo de lucro y utilidad común, que agrupará solo a los afiliados de la IPS BIOREUMA SAS. A cualquier título, sin ningún distingo, según la Ley 100 es decir: Afiliados, contributivos y subsidiados, beneficiarios e independientes, pensionados y demás que en una u otra forma hagan uso de la IPS BIOREUMA SAS., con el propósito de velar por sus derechos de conformidad en los Artículos 49,103,340 de la Constitución Política y reglamentarios de la Ley 100, Decretos 1757 de 1994 Artículos 13.23, acuerdo N° 184ª de 1998, Capitulo 2, Artículos 6,7,8,9,11,12,13, Decreto 1750 de 2003 y demás disposiciones pertinentes. 

CAPÍTULO SEGUNDO: DOMICILIO 

ARTÍCULO 2.-

El domicilio de la Asociación de Usuarios de IPS BIOREUMA SAS., será en la calle 13A N° 2E-87 Barrio los Caobos, además se recibirá documentación y es el lugar de reuniones. 

CAPÍTULO TERCERO: OBJETIVOS 

ARTÍCULO 3.-

La Asociación es una entidad sin ánimo de lucro, sin discriminación social, racial, económica, política y religiosa: por ende, su mayor objetivo es:

a. Velar porque la IPS BIOREUMA SAS, cumpla con sus obligaciones para con los afiliados, en cualquier caso, según lo determine la legislación existente sobre la materia.

b. Defender los Derechos de los afiliados, que constituyen obligaciones para la IPS BIOREUMA SAS, la Asociación exigirá y gestionará el pleno y mejor servicio de los afiliados, para mantener el buen estado de salud, prevenir y tratar cualquier alteración de la misma, en el lugar donde sea necesario obtener el mejor tratamiento, aun en el ámbito nacional e internacional.

c. Promover la educación y recreación de los afiliados en todas sus áreas.

d. Exigir la humanización, buen trato y atención al afiliado, por pate de la IPS BIOREUMA SAS.

e. Ser veedores de los servicios en general a los afiliados, cuando así se requiera y sin ninguna limitación.

f. Ejercer el derecho de veeduría, sobre el patrimonio de la IPS BIOREUMA SAS, velar por instalaciones y recursos humanos.

g. Representar en todos los eventos a los afiliados, ante los directivos de la IPS BIOREUMA SAS, y demás entidades que los requieran.

h. Procurar por el bienestar moral y material de todos los asociados, sobre bases de justicia, respeto y acatamiento a la ley.

i. Participar en las Juntas Directivas del orden general de la IPS BIOREUMA SAS.

j. Vigilar que las decisiones que se tomen en las juntas, beneficien a todos los afiliados.

k. Recibir y dar capacitación.

l. Las demás que se consideren necesarias para el beneficio de los afiliados. 

CAPÍTULO CUARTO: INTEGRANTES DE LA ASOCIACION 

ARTÍCULO 4.-

Requisitos de admisión: para pertenecer a la Asociación se requiere:

a. Ser afiliado a cualquier título de la EPS-S, con las cuales la IPS BIOREUMA SA tenga algún contrato de servicios de salud.

b. Presentar solicitud de admisión oral o escrita.

c. Comprometerse a cumplir las obligaciones.

d. Aceptar los estatutos de la Asociación. 

CAPÍTULO QUINTO: ASOCIADOS 

ARTÍCULO 5.-

Clases de Asociados:

a. Asociados Activos: Son todas las personas que cumplan con todos los requisitos de admisión de acuerdo a los presentes estatutos.

b. Asociados Honorarios: Son aquellos que presten servicios distinguidos en cualquier campo de la Asociación.

PARÁGRAFO 1-: Solo los miembros activos tendrán derecho a voz y voto, a elegir y ser elegidos y no tengan suspendidos sus derechos. 

CAPÍTULO SEXTO: DEBERES DE LOS ASOCIADOS 

ARTÍCULO 6.-

Constituye deberes de los asociados los siguientes:

a. Conocer, aceptar y cumplir los presentes estatutos, decisiones de la asamblea y Junta Directiva.

b. Asistir puntualmente a la asambleas generales y extraordinarias, Junta Directiva, Comisiones o Comités, cuando se forme parte de estos.

c. Observar en privado y público una buena conducta.

d. Colaborar económicamente, cuando así se requiera, en forma voluntaria.

e. Velar por el desarrollo de los objetivos de la Asociación. 

CAPÍTULO SÉPTIMO: DERECHOS DE LOS ASOCIADOS 

ARTÍCULO 7.-

Constituye Derechos de los Asociados los siguientes:

a. Gozar de los beneficios y la protección que otorga la Asociación.

b. Participar en todas las actividades programadas por la Asociación.

c. Elegir y ser elegidos en todos los Comités de la Asociación.

d. Solicitar la intervención de la Asociación por intermedio de la Junta Directiva en cualquier conflicto general con la IPS BIOREUMA SAS.

e. Tener absceso a todos los documentos existentes, cuando así lo requieran.

f. Tener derecho a una identidad (Carné), este es intransferible y solo servirá para la identificación en la IPS BIOREUMA SAS. 

CAPÍTULO OCTAVO: ASAMBLEA GENERAL 

ARTÍCULO 8.-

La Asamblea General de Asociados es el órgano supremo de la Asociación y sus decisiones, serán obligatorias para todos los afiliados; siempre que se hayan adaptado de conformidad con las normas legales estatutarias.

ARTÍCULO 9.-

El quorum de la Asamblea General de los asociados, para deliberar y decidir válidamente, será la mitad más uno de sus miembros.

ARTÍCULO 10.-

La Asamblea General se reunirá una vez al mes.

ARTÍCULO 11.-

La elección de Junta Directiva, se hará por aclamación o votación. 

CAPÍTULO NOVENO: JUNTA DIRECTIVA 

ARTÍCULO 12:

La Junta Directiva está conformada por un presidente, un vicepresidente, un secretario y los demás miembros serán vocales.

a. Presidente: Dirigirá las asambleas generales y extraordinarias, representará a la Asociación en todos los actos relacionados a la salud con los directivos de la IPS BIOREUMA SAS, y las demás entidades del orden Municipal, Departamental y Nacional, concatenadas con la salud.

b. Vicepresidente: Reemplazara al presidente por ausencias en las asambleas o un retiro definitivo, hasta que la Asamblea haga nuevas elecciones.

c. Secretario: Debe llevar los documentos, actas de todas las reuniones o asambleas de la junta directiva, efectuar la correspondencia.

d. Vocales: Son las personas más importantes, por cantidad, encargadas de hacer control permanente en todas las instalaciones de la IPS BIOREUMA SAS, además difundirán el buen servicio que se merecen todos los afiliados. 

CAPÍTULO DÉCIMO: DISPOSICIONES GENERALES 

ARTÍCULO 13:

Se consideran nulas todas las decisiones, que se tomen o estén en contra de las disposiciones de ley y los presentes estatutos.

ARTÍCULO 14:

La Asociación representara legalmente a los afiliados, ante los directivos y demás funcionarios, cada vez que considere que le estén desconociendo sus derechos.

ARTÍCULO 15:

Los presentes estatutos serán complementarios por las diferentes resoluciones, reglamentos y demás que se consideren necesarios y fundamentales.